Para competir y crecer, las Sofomes deben controlar adecuadamente su cartera y optimizar sus operaciones

El reto que enfrentan hoy en día las Instituciones Financieras mexicanas es creciente; el mercado actual está sujeto a cambios constantes que traen consigo la aparición de nuevos competidores y oportunidades. Por esta razón surge la necesidad de anticiparse, responder y reaccionar de manera e?caz y e?ciente.

La creciente competencia obliga a las Instituciones Financieras a ofrecer niveles de servicio cada vez más altos y, al mismo tiempo, las nuevas tecnologías reducen constantemente los ciclos vitales de los servicios, esto exige una adaptación de las Instituciones Financieras para mantener y aumentar su participación en el mercado y tener una ventaja competitiva.

En los últimos años, la tecnología de información ha evolucionado de ser un componente básico del negocio, hasta ser un elemento crítico requerido para la ejecución de las estrategias de negocio. Elegir el sistema de información apropiado permite aumentar esta capacidad de anticipación y reacción ante los cambios para satisfacer las necesidades de sus clientes.

El sistema financiero mexicano, se encuentra inmerso en constantes procesos de transformación y modernización, razón por la cual, las autoridades financieras crearon en el 2006 un nuevo sector financiero denominado Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOMES), siendo una figura adicional en el mercado con objeto de ampliar las opciones de crédito y que más competidores participen y provoque mejores servicios y productos financieros en beneficio de los usuarios, además de poder llevar a cabo operaciones de crédito, arrendamiento financiero y factoraje financiero.

Las sociedades financieras de objeto múltiple, a través de la obtención de recursos mediante el fondeo de instituciones financieras y/o emisiones públicas de deuda, otorgan crédito a sus clientes. Las SOFOMES se clasifican como:

  • Sociedades financieras de objeto múltiple reguladas o “SOFOMES ER”: Son aquellas que, en los términos de la norma mantienen vínculos patrimoniales con instituciones de crédito o sociedades controladoras de grupos financieros de los que formen parte instituciones de crédito. Las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas estarán sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y, en ciertos temas específicos, por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF).
  • Sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas o “SOFOMES ENR”: son aquellas en cuyo capital no participen en su capital instituciones de crédito o sociedades controladoras de grupos financieros. Las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas estarán sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores por lo que hace al tema de Lavado de Dinero y sólo en ciertos temas específicos por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF). Es importante resaltar que no porque en su denominación se diga “no reguladas”, están libres de cualquier normativa.

En lo general, la inclusión de las SOFOMES como parte de las instituciones que integran el Sistema Financiero en México deriva en la aplicación de diversos cuerpos normativos y, a su vez, por parte de dichas sociedades implica la observancia de los mismos, entre los que destacan:

  • Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.
  • Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.
  • Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.
  • Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
  • Ley del Impuesto sobre la Renta.
  • Ley del Impuesto al Valor Agregado.
  • Código Fiscal de la Federación.

Así como también, diversas disposiciones emitidas principalmente por la CONDUSEF y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. De gran relevancia la Disposición Única y los Lineamientos de Supervisión y Vigilancia para SOFOMES ENR emitidos por la primera y las Reglas en materia de Lavado de Dinero, emitida por la CNBV.

Ninguna autoridad conoce, ni es responsable de supervisar aspectos financieros y contables de las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple No-Reguladas (SOFOM ENR) como son: requerimientos de capital, solvencia financiera, reservas técnicas, transparencia de la información contable, aprobación de estados financieros, entre otros., ya que por la naturaleza de estas entidades, nadie supervisa estos temas, salvo el SAT en el tema fiscal. Los aspectos específicos a supervisar y vigilar de las SOFOMES por parte de la CONDUSEF son:

  • Revisar y analizar estados de cuenta, publicidad y contratos de adhesión.
  • Que el crédito hipotecario se otorgue en los términos que señala la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado.
  • Que se capitalicen intereses cuando las partes lo hayan convenido.
  • Que no realicen operaciones de Fideicomiso. Solamente podrán realizar fideicomisos de garantía en negocios de operaciones propias.
  • Todas aquellas acciones de supervisión que deriven de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.
  • Que recaben, en su caso, la autorización de sus clientes para hacer la consulta de su historial crediticia ante los Burós de Crédito

A su vez, las SOFOMES tienen la obligación ante CONDUSEF de registrar su constitutiva a los 10 días hábiles después de su inscripción; sus contratos de adhesión; las comisiones que cobren por las operaciones que celebren, y el número de consultas y reclamaciones recibidas y atendidas en sus Unidades Especializadas de atención a usuarios, así como su teléfono y dirección.

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